Esta medida, que entrará en vigor el 26 de enero y que tendrá vigencia en 2016, tiene como objeto el incrementar la seguridad vial y favorecer la coexistencia de los distintos tipos de vehículos aptos para su circulación por las vías públicas.
Asimismo, se tiene en cuenta la vulnerabilidad de los ciclistas frente a otros vehículos de motor con mayores masas y dimensiones.
La normativa indica que estas limitaciones de velocidad deberán ser anunciadas por la propia jefatura mediante señalización variable o señalización fija por el organismo titular del vía.
En ambos casos se deberá indicar el alcance completo de la limitación. De todas formas, la página web de la Dirección General de Tráfico (DGT) informará de los tramos de vías afectados por estas limitaciones, según informa el BOE.