La ley establece la posibilidad de que la víctima no tenga la obligación de declarar como testigo en los procesos y juicios contra el agresor, lo que provoca en muchos casos la absolución de los acusados cuando se inicia una investigación (tras un parte de lesiones). Otras agresiones quedan ocultas por falta de denuncia.

Los últimos datos del Observatorio del Poder Judicial indican que de las 38.018 mujeres víctimas de violencia machista registradas en el primer trimestre de 2017, 4.173 mujeres -el 11 %- se acogieron a la dispensa a la obligación de declarar contra su agresor.

De ellas, 2.602 eran españolas y 1.571 extranjeras, aunque si se comparan las cifras con el total de víctimas son las extranjeras las que más se acogen a este derecho.

A ello hay que sumar la ausencia de denuncias en muchos de los casos, quedando oculto el maltrato.

De las 33 mujeres asesinadas este año, a las que se suman otras tres en fase de investigación, sólo seis se había atrevido a denunciar y en otro caso, la había presentado alguien de su entorno.

Además, dos de las mujeres asesinadas en 2017 renunciaron a continuar el proceso contra su maltratador.

"Lo que se está haciendo ahora es recaer única y exclusivamente la condena de un maltratador en la declaración de la víctima y lo que hay que hacer es una buena instrucción; la Policía debe hacer su trabajo inspeccionando la vivienda y recabando pruebas y el fiscal pedir informes médicos o psicosociales si los hubiera para recabar todas las pruebas posibles del maltrato", explica la presidenta de Mujeres Juristas Themis, Amalia Fernández.

Para la presidenta de Mujeres Juristas Themis, Amalia Fernández, la declaración de la víctimas debe ser una prueba más, pero no la única de la que hace depender la condena.

"En muchas ocasiones, las víctimas se sienten coaccionadas, porque les dicen 'sepa usted que si declara contra su marido él puede ir a prisión'; la hacen responsable de la pena que pueda recaer contra esa persona por su declaración, por lo tanto no está obteniendo la tutela judicial", lamenta Fernández.

La abogada denuncia que muchas de las mujeres llegan a los juzgados sin ser asesoradas y se enfrentan con la decisión de si presentan una denuncia o declaran contra el agresor.

"En los juzgados no existe una red de psicólogos y lo primero que necesita una víctima es recuperarse psicológicamente y decidir si quiere ir a juicio o no ir; no hay que quitarle ninguna dispensa sino informarle correctamente y decirle que si declara su marido podrá ir a la cárcel, pero irá porque ha cometido un delito, no porque ella ha declarado", asegura.

Al margen de lo que decida la mujer, añade la responsable de Themis, debe actuar el fiscal, impulsando la investigación y comprobando si la mujer ha recabado ayuda de los servicios sociales o si ha acudido a su médico con dolencias de una maltratada.

En este sentido, la jurista ha alertado de que muchas de las agresiones se ven en juicios rápidos, con poco tiempo para recabar datos y pruebas y sin una investigación en profundidad.

"Las mujeres no están asesoradas y van a juicio rápido, donde casi ni hablan con su abogado de oficio; se juzga la última agresión y se deja sin juzgar toda la violencia anterior y si sale absuelto, esa mujer nunca va a denunciar la violencia que sufre", añade.

La letrada pide que deje de criminalizarse a la víctima, dejando la responsabilidad de la denuncia, porque "a lo mejor el que debía denunciar es el médico de familia, los servicios sociales o el propio colegio si tuviera conocimiento".

"La víctima del terrorismo siempre lo es, no se pone en duda, pero a la de violencia machista se le cuestiona todo y en muchas casos no se le cree y se le trata como sospechosa".

"Hay que entender lo que siente una mujer maltratada y también su decisión de no denunciar", por ello las mujeres deben recibir esa ayuda y atención psicológica, ha insistido.