Esto significa que sus conductores serán sometidos a las mimas tasas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial y tendrán prohibido circular tras haber consumido drogas. Los usuarios de los patinetes tampoco podrán llevar auriculares puestos, ni hacer uso del teléfono móvil o cualquier otro dispositivo cuando vayan sobre el vehículo.

Desde el 1 de enero también tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos.

Estos es así debido a la entrada en vigor este sábado del Real Decreto que modifica el Reglamento General de Vehículos y el Reglamento General de Circulación, aprobados en el Consejo de Ministro del pasado 10 de noviembre.

Se considera vehículo de movilidad personal a aquel que tiene una o más ruedas y está dotado de una única plaza y se propulsa exclusivamente por motores eléctricos con los que se puede alcanzar una velocidad máxima que oscila entre los 6 y los 25 km/h.

Este tipo de vehículos deberá disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que el vehículo cumple con los requisitos técnicos.

Tráfico está trabajando en un manual con las características técnicas que deben cumplir estos vehículos para su puesta en circulación, su clasificación, los procesos para su certificación y los mecanismos para su identificación.