Recientemente, el director general de Tráfico, Pere Navarro, declaró que son "conscientes de que hay un gran debate abierto sobre los 20 km/h" y se dio un año para ver cómo evoluciona esta medida porque "los datos darán a respuesta".

La nueva Ley de Tráfico agrava las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan más riesgo para la conducción, como el teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.

Así, entre las novedades que incluye esta reforma, destacan la penalización con seis puntos por conducir sujetando el móvil con la mano; con cuatro por no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

Desde este 21 de marzo será obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se vaya a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Por otro lado, aumentan de cuatro a seis los puntos que se retirarán por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

A partir de ahora, se fija en dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Asimismo, los conductores podrán recuperar dos puntos del carné a través de la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.

Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125 centímetros cúbicos, bicicletas y vehículos de movilidad personal), tendrán prohibido circular con una tasa de alcohol superior a cero, tanto en sangre como en aire espirado.

Por último, también se podrán usar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en el conducción.