La razón fundamental para la sanción es porque el consentimiento no se considera una vía legal ya que existe desequilibrio entre ambas partes. La dirección del colegio, dueño de los datos, está en una situación de superioridad respecto a la de dependencia del alumnado.

Pero no es el único europeo, en Niza, Le Lycée des Eucaliptes con más de 1400 alumnos y 180 profesores, plantea también la entrada al centro a través de cámaras con reconocimiento facial. Es un centro de estudios con especialidad en tecnología, y su uso, un experimento voluntario, tiene la finalidad de ayudar en el desarrollo de la ciudad inteligente.

Los chinos dan un paso más allá implantando en sus escuelas un sistema de cámaras que detecta las expresiones faciales de los estudiantes y así comprobar su atención en las aulas. Su vigilancia es ininterrumpida, avisando a los profesores del interés o no de los alumnos y esa actitud se refleja en las notas. La tensión en el aula es extrema. El sistema no graba, solo registra movimientos, y no se considera que sea un asedio a la privacidad, lo ven como un sustituto al profesor de vigilancia.

En Japón, en la Universidad de Medicina, los estudiantes confirman su asistencia tomándose fotografías a sí mismos, selfis. Los profesores con sus tabletas verifican la asistencia en tiempo real con los datos que almacenan en sus propios dispositivos. Es la primera universidad en Japón en utilizar el sistema de reconocimiento facial para el control de asistencia.

¿Eficiencia? ¿Mayor seguridad? ¿Intromisión? Por el momento, y en lo que nos afecta, en Europa el Reglamento General de Protección de Datos, RGPD, nos protege de su utilización, con la excepción en la que sí pueden ser utilizados: persecución policial de delitos de terrorismo internacional, aunque incluso en este caso, precisan autorización.