¿Tenemos o no derecho al olvido digital? En Europa sí, pero en otros lugares pueden acceder a nuestro pasado. El tema lleva varios años en los tribunales.

Todo comenzó porque un abogado español pidió que se borrase de la red una información en la que se mencionaba un embargo. A esta le siguieron más de 200 casos en toda Europa. En 2014 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió el enfrentamiento entre los ciudadanos europeos y Google sentenciando a favor del ciudadano y en contra de los intereses comerciales de la multinacional. El Tribunal dictaminó que los usuarios pueden solicitarle a Google que retire los enlaces de sus resultados de búsqueda cuando vulneran su privacidad, y el motor de búsqueda debe eliminar los datos sensibles de una persona.

Sin embargo, dos años más tarde Google recibe una multa por no aplicar el derecho al olvido de los ciudadanos. El buscador aplicó restricciones a las extensiones de países europeos .es, .fr, pero no a la extensión del buscador global .com, por lo tanto, la información aparecía o no atendiendo al lugar geográfico, vulnerando los derechos del ciudadano dependiendo del lugar del mundo en el que se realice la búsqueda.

El regreso a los tribunales, con este nuevo desencuentro, acaba de darle la razón en este caso a Google, que solo deberá aplicar el derecho al olvido a ciudadanos europeos dentro de la Unión Europea. Atendiendo a la nueva sentencia del Tribunal de Justicia solo podremos solicitar que borren un dato nuestro dentro de las extensiones de Google de la Comunidad Europea, pero sí podrán viajar a otros continentes.

Una sentencia controvertida, porque mientras el derecho al olvido sí se reconoce en la Unión Europea, seguimos siendo vulnerables en países punteros en tecnología como Japón, China o

EE. UU., país del que procede el ojo que todo lo ve, Google.