En 2021 se publicó la Carta de Derechos Digitales, un documento que “ofrece un marco de referencia para garantizar los derechos de la ciudadanía en la nueva realidad digital” y que nace con el objetivo de “reconocer los retos que plantea la adaptación de los derechos actuales al entorno virtual y digital”. La carta recoge derechos de privacidad, relaciones laborales o igualdad en entornos digitales. Pero, ¿por qué es tan relevante? ¿Hace falta?

La Carta de Derechos Digitales es un documento no vinculante (es decir, no es una ley ni una obligación) en el que se muestran posibles derechos futuros en materia de protección digital. A medida que ‘lo digital’ ha ido entrando en la vida de las personas se ha ido comprobando cómo las normas se han ido quedando obsoletas porque no cubren las nuevas tecnologías.

Esta carta es un documento conformado mediante un procedimiento participativo y tiene como hitos destacables la formación de un Grupo de Expertos en derechos digitales. ¿El objetivo? Impulsar una nueva realidad digital más justa que adapte los derechos ya reflejados en otros documentos como la Constitución o la Declaración Universal de Derechos Humanos.

¿Qué nuevas leyes propone la Carta de Derechos Digitales?

Esta nueva publicación trabaja sobre cinco grandes bloques de derechos digitales:

Los derechos de libertad, por ejemplo el “derecho a la identidad en el entorno digital” o el “derecho al pseudoanonimato”. Destaca aquí el “derecho a la herencia digital”, hasta ahora inexistente.

Los derechos de igualdad como la “no discriminación en el entorno digital” o el “derecho de acceso a internet”. En este punto, además del derecho a poder usar internet se halla el derecho de las personas vulnerables a navegar con seguridad.

Los derechos de participación y de conformación del espacio público. Internet conforma espacios de diálogo en el que las personas que lo deseen han de poder representarse a sí mismas. Disponer de “libertad de expresión” o contar con el “derecho a la neutralidad de internet” es clave.

Los derechos del entorno laboral y empresarial apuntan a “garantizarán la dignidad y los derechos fundamentales de las personas trabajadoras en los entornos digitales”. En los últimos años se han hecho algunos avances como el derecho a la desconexión digital, pero siguen siendo insuficientes.

Los derechos digitales en entornos específicos agrupan un gran conjunto de casos como pueda ser el derecho al desarrollo tecnológico, al derecho de acceso a la cultura o al derecho a estar protegido frente a la desigualdad que pueda derivarse de la inteligencia artificial, entre otros.

¿Por qué hacen falta estos derechos?

Las personas tenemos muchos derechos gracias a documentos básicos como la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) o la Constitución en el caso de España. Sin embargo, estos documentos han de traducirse en leyes específicas a medida que vayan apareciendo determinadas situaciones que antes no podían preverse.

Por ejemplo, no tenía mucho sentido regular el uso de las compras online a través del GRPD cuando, hace unas décadas, no existían tiendas digitales. Vivimos un presente caracterizado por un entorno digital cada vez más ubicuo, denso, rico y frondoso que ha permitido situaciones antes inimaginables. Y entre ellas hay algunas injusticias sociales que vulneran derechos básicos.

Se puede dar el caso de que una inteligencia artificial, convertida en Arma de Destrucción Matemática, trate de forma diferente a personas con base en el género. Obviamente, esto incumple normas básicas como la Constitución, pero es necesario articular leyes específicas para buscar, detectar y castigar a los infractores. De lo contrario, no podrá solucionarse.

Aunque la Carta de Derechos Digitales es no vinculante, lo cierto es que supone un primer paso a la hora de regular algunos derechos. En los próximos años diferentes recursos políticos serán movilizados para diseñar leyes (estas sí obligatorias) para afianzar los derechos en red.